Seguimos con nuestro encuentro digitales, que organizamos en colaboración con SalusPlay & Dilmot, que poco a poco se van consolidando, como espacios de debate donde poder conversar con diferentes profesionales de la salud.
En esta ocasión tendremos la oportunidad de conversar con José María Antequera Vinagre, enfermero y abogado, con el que conversaremos (si lo deseas) sobre responsabilidad y ética profesional. ¡Te esperamos!
Nuestro invitado: Chema Antequera Vinagres (@defensorenferme) es enfermero, abogado y Profesor de Derecho Sanitario y Bioética en la Escuela Nacional de Sanidad (Instituto de Salud Carlos III).
Además es autor del Blog "Defensor de la Enfermera", cuyo objetivo, según sus palabras es "dar información y facilitar el debate en el área del derecho sanitario, la bioética, la gestión de los cuidados, y ayudar a la resolución de conflictos jurídicos en la práctica asistencial". Además, también es voluntario de Acompañamiento en Residencia Los Camilos y voluntario Asesor Jurídico de Cruz Roja.
Bienvenid@s a un nuevo encuentro digital, que organizamos con la colaboración de SalusPlay y Dilmot... Hoy tenemos la suerte de contar con Chema Antequera, enfermero y abogado, y hablaremos de un tema que nos afecta a todos los profesionales sanitarios: la Responsabilidad y Ética Profesional.
Serafín Fernández
Serafín
Bienvenido Chema, gracias por compartir este ratico con nosotros... vamos con la primera pregunta, ¿Qué hace un enfermero como tú en un mundo virtual como este?
Hola Serafín muchas gracias por la invitación para estar esta noche por aquí. Espero que genere interés y haya muchas preguntas sobre praxis profesional. Pues bueno yo descubrí este mundo 2.0 hace tres años; y gracias a la petición de muchos profesionales que me animaron a transmitir los contenidos que exponía en mis cursos y charlas. Este mundo ha sido todo un descubrimiento la verdad.
Chema Antequera
#EDCuidando Como me defiendo si le pasa algo a un paciente al que me he negado a ponerle medicación por orden telefónica? @defensorenferme
Entiendo que te has negado a poner una medicación porque te la han dado verbalmente no?, si es así según el caso puedes tener un problema si la orden médica se ajustaba a una situación clínica en la que la medicación era necesaria. Recordad que estas órdenes son legales; y en estos casos la enfermera lo que debe hacer es anotar todo, y muy bien, en la HC.
Chema Antequera
Estimado Chema; ¿Cambiará algo la nueva regulación de la prescripción enfermera respecto a las órdenes inespecíficas como "si precisa"?
Hola Salva, no cambiará nada; en estas circunstancias la enfermería administrará un medicamento ya prescrito, pero que lo hará efectiva si aparece algún signo/síntoma concreto.
Chema Antequera
Piti_DUE
Buenas noches Chema!
Te felicito por tu labor en las RRSS, informando sobre derecho sanitario.
Referente al tema de hoy, me choca mucho como, para trabajar en cargos intermedios (Supervisora de Enfermería), pedimos que, al menos, tengan conocimientos en gestión de cuidados, liderazgo, etc... y en cambio, los liberados sindicales, que en teoría nos representan en mesas de negociación, Acuerdos con Administración,... no estén (eso creo) formados en materia de Derecho Sanitario. ¿Deberían cambiar las cosas en este aspecto? ¿qué propondrías en este caso?
¿Qué nivel crees que tenemos los profesionales, en general, sobre Derecho Sanitario, a pesar de que, para optar a una plaza fija, se introduce materia sobre Legislación en los exámenes de Oposiciones?
Y la ultima, si se puede ¿Crees que los profesionales sanitarios cumplimos la LOPD? En caso negativo ¿Crees que influye en la creciente creación de "Hospitales Abiertos"?
Gracias, y un abrazo!!
Hola, una pregunta para todo un Máster de Derecho Sanitario. Te comento:
1. Saber derecho sanitario es una necesidad capital para el personal directivo y he constatado que su desconocimiento les genera una gran inseguridad en la toma de decisiones.
2. Los representantes sindicales sin duda deben conocer el marco normativo que les afecta en su esfera de competencia; defender los derechos de los trabajadores exige un profundo conocimiento del Ordenamiento JUrídico; y así poder defender mejor a los trabajadores sanitarios; sin duda es responsabilidad de los sindicatos que todos sus representantes estén bien capacitados en temas legales.
3. He constatado siempre y constato que hay un enorme desconocimiento por parte del profesional sanitario de temas jurídicos; y en muchos casos un desconocimiento que me alarma y me preocupa enormemente; hoy en día es básico una adecuada formación en temas legales (derechos de los pacientes, derechos laborales y estatutarios, gestión y administración etc).
4. Sobre la Protección de Datos se ha avanzado bastante, pero es poco avance en relación con lo que nos queda por recorrer; La Ley es clara sobre la obligación respetar la intimidad y confidencialidad pero el día a día nos demuestra que no ha calado la cultura de respeto de tales derechos. Quizás la gente lo hace por el enorme desconocimiento de las consecuencias de acceder sin tener que hacerlo a HC. HAY QUE DIFUNDIR QUE HACERLO PUEDE HACER QUE PIERDAS TU PUESTO DE TRABAJO.
Espero haberte respondido, es un tema largo y complejo. Pero como suelo decir: si conocer mejor la ley, trabajarás con mayor seguridad y darás más calidad a la atención sanitaria que prestas a los pacientes.
Un saludo.
Chema Antequera
nacha
cual es el ratio mínimo de enfermeras en un servicio de urgencias?
HOla nacha, no sabría decirte la verdad esas ratios. La clave es que los pacientes sean adecuados de forma adecuada. Yo me centraría más en este aspecto, porque al fin y al cabo las ratios las determina una Administración pública y amparada por la denominada "potestad de organización" para organizar los servicios de la manera que mejor considere.
Un saludo
Chema Antequera
Hola, Chema, perdona por ser tan previsible... ¿qué hacemos con esta "gente" del @CGEnfermeria nosotros que no somos gente violenta?
Hola Juan, el ejercicio legítimo de un derecho constitucional como es el derecho a la libertad de expresión es de lo más loable; y es algo que ejercitáis siempre en interés de la enfermería; y sobretodo. Quizás en relación con el CGE hay poco debate a diferencia de lo que ocurre en otros Consejos Generales en los que hay grandes debates y abiertos dentro de los colectivos que representan. Esteo es un gran déficit en la Enfermería.Sin duda el mundo sanitario está cambiando y obviamente el CGE debe renovarse; el procedimiento Juan está definido, pero igual la gente no desea adentrarse en estos procelosos procedimientos estatutarios.
Saludos
Chema Antequera
Serafín Fernández
Chema, en tu blog hablas de diferentes cuestiones de interés para la práctica clínica, que son muy importantes a nivel legal... Me llamó la atención el "Manual de Guerra y Supervivencia para la Enfermera Contratada". ¿Como surge ese post?
MIra Serafín el Post Manual de Guerra y Supervivencia para la Enfermera Contratada, surgió, y no exagero, del grito desgarrador de muchas enfermeras contratadas de diferentes CCAA; debo reconocer que muchos correos que me envían me afectan personalmente; muchas enfermeras sufren por los modelos de contratación y también por las conductas de muchos directivos de enfermería. En los últimos meses me he encontrado a muchas enfermeras que no tienen vida personal ni familiar.
Sinceramente fui muy comedido en dicho post porque estaba muy afectado. ESTA NOCHE QUIERO DAR TODO MI APOYO A TODAS LAS ENFERMERAS CONTRATADAS QUE LO PASAN MAL.
Chema Antequera
Anónimo
¿Se puede objetar de poner algún tratamiento? En caso afirmativo, ¿cómo lo notifico?
El tema de la objeción de conciencia es de lo más interesante y poco debatido en el mundo de la enfermería, pues parece que sólo es un tema médico , lo cual es incierto.
Creo entender por tu pregunta que "objetas" por discrepancia con el tratamiento, esto se llama objeción de ciencia (no confundir con la objeción de conciencia); en este caso si consideras que el tratamiento no es el adecuado puedes manifestar tu discrepancia en la HC tal y como indica la LOPS. Y si el tratamiento de forma clara y fehaciente puede perjudicar la salud del paciente se puede negar a administrarlo y anotándolo a continuación en la HC.
Para completar mi respuesta comentarte que el Derecho a la objeción de conciencia (por pugna interna de tu conciencia) sólo puede ejercitarse si la ley expresamente te lo reconoce como por ejemplo: aborto, instrucciones previas, prestación de farmacéuticos... Fuera de los casos no reconocidos expresamente no cabe invocar el derecho a la objeción de conciencia.
Saludos.
Chema Antequera
María
Buenas noches.
Se puede hacer algo para "reventar" la imposibilidad de que las enfermeras acceden a la dirección de las unidades de gestión clínica en algunas comunidades autónomas?
Gracias y un saludo
Hola María, lamentablemente la única vía efectiva es la vía judicial; es decir presentar recursos contras los Decretos que regulan dichas unidades de gestión clínica. sin duda limitar tal derecho a la enfermería es una discriminación .
saludos.
Chema Antequera
Buenas noches, Chema! ¿Me pueden exigir algún tipo de responsabilidad si una compañera Auxiliar comete una negligencia o mala praxis en el cuidado de un paciente que está a mi cargo?
Gracias!
Las Aux Enfermería tienen autonomía científico técnica también y responderán por los daños que ocasionan por actuaciones profesionales suyas. La Enfermera tiene la responsabilidad de dirigir los cuidados; y si tú le indicas a la Aux que realice una actuación y la orden es errónea, entonces sí responderás tú.
Me resulta MÁS QUE ALARMANTE que siga escuchando por los hospitales:
a. La enfermera responde por todo lo que pase en planta.
b. Las Aux no tienen responsabilidad jurídica.
Siempre digo por qué en muchas sentencias son condenadas Auxiliares y en otras Enfermeras... sencillamente porque ambas tienen responsabilidad jurídica de forma autónoma.
Por lo tanto si la Auxiliar actúa dentro de tu esfera de competencia responderá exclusivamente ella.
Saludos.
Chema Antequera
Anónimo
Buenas noches. Ante todo muchas gracias por compartir tanto conocimiento. Me gustaría saber las repercusiones que podrían tener, desde el punto de vista legal, las guías consensuadas en los equipos de atención primaria, para el manejo, por parte de las enfermeras, de determinadas patalogías de baja complejidad.
Muchas gracias y felicidades
Hola. Mi consejo es que dichas guías consensuadas tengan incorporadas las variables jurídicas de cada situación; estas guías deben ser además reconocidas por la institución para que tengan validez. Esto es muy importante desde el punto de vista legal. Sin duda la existencia de tales guías son muy importantes para posibles demandas.
Mi consejo: estupendo elaborar guías pero que sean reconocidas por la institución así tendréis más seguridad jurídica.
saludos.
Chema Antequera
Buenas noches. Gracias por la oportunidad de preguntarte. En muchas ocasiones he discutido (en el sentido de intercambio de ideas) con compañeras/os sobre diversas técnicas: suturas, intubación endotraqueal, desfibrilación con desfibrilador manual ¿son exclusivamente médicas? ¿condicionales? ¿de ambos? Gracias :)
Buenas noches; es un temas extenso y complejo de abordar ahora; lo importante es que como indica la Ley que se elaboren procedimientos en donde queden plenamente definidas las competencias de cada uno; pero hay que recordar que la ley indica que los protocolos son orientativos; es decir podría intubar una enfermera capacitada en una situación de urgencia vital... desde mi punto de vista sí. En estos debates competenciales siempre hay que reseñar que lo relevante es la salud del paciente. Un tema para un post sin duda.
saludos.
Chema Antequera
Buenas noches a tod@s y sobre todo a ti, Chema, Tengo dos preguntas: ¿Cuál es la Aplicación móvil que usas para encontrar tantas sentencias judiciales relacionadas con práctica clínica de enfermería y otros profesionales de la salud? y en modo menos irónico, ¿fundamentalmente y desde tu valoración jurídica y profesional, cuál crees que debe ser el verdadero papel de los colegios profesionales de Enfermería? Muchas gracias y un abrazo virtual.
Hola Virginia y un saludo. Puedes buscar sentencias en www.poderjudicial.es es un buscador estupendo y muy actualizado. Debería convertirse este buscador en un referente para todo profesional sanitario.
En relación con los colegios profesionales de enfermería diría:
a. renovación
b. transparencia
c. defensa de la profesión más allá del control deontológico.
Hay que recordar Virginia que se ha modificado la LOPS y se ha potenciado la colegiación como condición del ejercicio de la profesión.
saludos.
Chema Antequera
Javier Manuel Yague
Buenas noches Chema, tu con la ley en la mano. ..prescribirias o no.
Hola Javier yo con la ley en la mano, y por deformación profesional no prescribiría sino indicaría, y no haría recetas sino órdenes dispensación. Pero lo que poco afecta el actual marco de la prescripción y la futura regulación la responsabilidad en la administración de fármacos en la relación medicina-enfermería.
salu2 :-)
Chema Antequera
@luysamarya
Hola Chema, quiero agradecerte tu presencia esta noche aquí y la que nos vas a hacer pronto en Granada. Mi pregunta: ¿puedo exigir que mi supervisor o cargo intermedio me dé por escrito una orden?, esto me ha ocurrido recientmente y mi cargo intermedio me contestó con un rotundo "no te lo doy" además mi sindicato me dijo que "no tenía porqué dármela" y así me quedé!!!!
Hola claro que tienen la obligación de dártela por escrito;pero OJO primero obedecer y luego exige que te la den por escrito. Es un derecho tuyo que te lo den por escrito y de esa manera si lo deseas poder recurrir o denunciar.
RECUERDA: tienen derecho a que te la den por escrito.
saludos
Chema Antequera
Hola Chema! En primer lugar, gracias por participar en este #EDCuidando. Quería preguntarte, yo me veo muy pez en los temas jurídico-legales, en general, aunque considero que son fundamentales (y conste que en la Facultad no nos insisten nada en estos temas...) así que quería pedirte consejos sobre libros, artículos, páginas web, vídeos... lo que se te ocurra, para ayudarme (ayudarnos a todos) a aprender, aunque sea lo más básico, de Derecho Sanitario, para que no nos pille el toro, porque creo que estamos demasiado expuestos sin conocimientos en el tema. Muchísimas gracias!
Hola Alicia, gracias por tu interés en el derecho sanitario; por favor mándame un mail a defensordelaenfermera@gmail.com y te pasaré información.
saludos
Chema Antequera
@manyez
Hola Chema. ¿Crees que falta formación jurídica en los estudios sanitarios? ¿Son correctos los enfoques de las asignaturas que ya existen? Mójate anda :)
Hola, sin duda los estudios sanitarios tienen olvidado el derecho sanitario; mucha ética que es necesaria sin duda pero poca formación jurídico-constitucional; y si miras lo planes de estudios de las especialidades médicas ni te cuento.
Yo suelo discutir con mis colegas juristas que debemos huir de una visión académica de los temas jurídico-sanitarios y hacer que el derecho sea una herramienta más de trabajo.
saludos
Chema Antequera
Buenas noches Chema, Qué se puede hacer ante la negativa de una compañera de formar a otros compañeros de nuevo ingreso en la unidad en técnicas específicas de esa unidad?
Si es un profesional en formación no hay obligación; pero hay que ver la normativa específica y el convenio que se haya firmado entre Consejería y universidad. Yo hablaría con ella, y me plantearía algo más serio. Se puede ver con un expediente disciplinario si se niega a una orden de la dirección.
saludos
Chema Antequera
@manyez
ante la mala praxis, ¿qué hacemos con los profesionales pasotas que entienden que denunciar a los malos profesionales es ser un chivato? El silencio es el problema de la enfermeria? No se si me explico bien
Malo malo... cuando un juez tenga un caso de daño al paciente se pueden ver todo en el juzgado. Hay que hacer Sesiones clínicas con jueces cada cierto tiempo en los hospitales para hace pedagogía. :-)
Chema Antequera
Ignacio
Mi mujer es enfermera en la pública y yo en la privada. No paran de rompernos la cabeza últimamente con que la colegiación no es obligatoria en su caso y sí en el mío. ¿Qué hay de cierto en esto?
Hola Ignacio no sé en qué CCAA estáis; la realidad es que hay que estar colegiado. Si tuviera más tiempo te ampliaría. Mira el artículo 8 de la LOPS.
saludos
Chema Antequera
enfermeraPrimeriza
Buenas noches
En el primer empleo después de salir de la universidad y ante la falta de praxis, te puedes negar a realizar alguna tarea o implicaría despido? Entiendo que en esta profesión no se deja de aprender nunca, pero el primer trabajo como tal, entiendo que se desconocen algunos procedimientos. Ante mi primer trabajo estoy en la tesitura de si informar o no de carencias formativas como por ejemplo SUTURAS.
Lo cierto que un profesional cuando ingresa en una unidad debe ser informada de la normativa interna, del reglamento interno etc. ¡Qué iluso soy ¡ ¿A qué si? Es un ejemplo de la diferencia de lo que dice la ley y la realidad en la que viven muchas enfermeras. Mi consejo si no estás capacitada porque no te han informado/formado sobre una técnica te puede negar a hacerlo y sin duda no te pueden despedir por ello. Y recuerda anota todo en la HC.
saludos
Chema Antequera
Serafín Fernández
Bueno Chema, nos da mucha pena terminar, pero el encuentro ha llegado a su fin. Te agradezco mucho tu tiempo, y tu disposición para compartir tu experiencia y opinión con nosotros.
Como cada semana, muchas preguntas sin contestar pero lo interesante es que te tenemos al otro lado de la pantalla, ¿verdad?
Así es Serafín, es tarde, ha sido un placer; y muchas gracias por tu invitación. Como suelo decir la "mejor defensa es la información". Y hoy añado la "mejor defensa es saber algo de derecho sanitario".
Un saludo.
Chema Antequera
Sin duda, será un encuentro para leer con tranquilidad. Gracias de nuevo Chema por participar en este encuentro, que organizamos con la inestimable colaboración de SalusPlay y Dilmot. Les damos las gracias también a ellos y a todos vosotros por participar una vez más.
Os dejamos con el tema musical que ha seleccionado Chema... ¡Que lo disfrutes y hasta dentro de muy poco!
Chema Antequera